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El TC declara inconstitucional el IIVTNU (plusvalía) cuando la cuota resultante a pagar supere el incremento o ganancia obtenida por el contribuyente

En el BOE de fecha 6 de diciembre fue publicada la Sentencia 126/2019, de 31 de octubre de 2019, del Tribunal Constitucional, que afecta a la regulación del art. 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza, sobre la cuestión de inconstitucionalidad.

Esta sentencia, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 32 de Madrid, señala en su fallo que “Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1020-2019, promovida el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 32 de Madrid, y, en consecuencia, declarar que el art. 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, es inconstitucional, en los términos previstos en la letra a) del fundamento jurídico 5.”. En resumen, se indica que cuando existe un incremento de la transmisión y la cuota que sale a pagar es mayor al incremento realmente obtenido por el ciudadano, se estaría tributando por una renta inexistente, virtual o ficticia, produciendo un exceso de tributación contrario a los principios constitucionales de capacidad económica y no confiscatoriedad.