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La FEMP presenta su propuesta para la modificación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Aparte de instar al Gobierno a promover una iniciativa legislativa para la reforma del Impuesto, ha propuesto dos posibles alternativas:

  • Incorporar, para la determinación de la Base Imponible, coeficientes de variación del mercado inmobiliario del suelo para cada año, manteniendo la referencia al Valor Catastral. Estos coeficientes serían determinados por “fuente oficial” y actualizados cada año por la Ley de Presupuestos.
     
  • Establecer la Base Imponible en función del incremento real de valor (diferencia entre “valor de transmisión” menos “valor de adquisición”), extendiendo dicho incremento tanto al valor de construcción (no solo suelo) así como a inmuebles rústicos (no solo urbanos). Sería deducible en impuestos estatales.

Tanto en una como en otra alternativa se propone la no exención para transmisiones inferiores a un año.

Asimismo, se plantea la necesidad de compensación a las Entidades Locales por la pérdida de recaudación derivada de la aplicación de la Sentencia, así como la publicación por parte del Ministerio del procedimiento de actuación a seguir en tanto no sea aprobada la reforma del impuesto.

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