Sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de septiembre de 2014, dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina, por la que se establece que, en caso de que una liquidación tributaria sea anulada por incurrir en defectos de fondo, materiales o sustantivos, la Administración puede liquidar de nuevo, siempre que su derecho a liquidar no haya prescrito. Muestro la sentencia completa: TR I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: SEGUNDA S E N TE N C I A
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